Las sociedades de responsabilidad limitada son recomendables para Pymes (pequeñas y medianas empresas), sobre todo cuando se constituyan con una parte de capital familiar. Se debe a que la responsabilidad está limitada al capital aportado, el cual se integra de las aportaciones de cada uno de los socios. Por ello, en caso de existir una deuda, los socios no están obligados a responder con su patrimonio personal, solo con lo aportado.
Los socios pueden
elegir ser administradores o no y sus responsabilidades se limitan al
porcentaje de su parte social. Para constituir este tipo de sociedades
mercantiles se necesita un mínimo de 2 personas y un máximo de 50.
Además, cada socio tiene derecho a participar en
las decisiones, gozando de un voto por cada mil pesos de su aportación.
La sociedad de
responsabilidad limitada está a cargo de un gerente o director y dos
administradores, solidarios o mancomunados, o un consejo de administración. No
obstante, el único que debe ser socio de la
compañía es el gerente o director, también conocido como administrador
principal.
Cómo se constituye una
sociedad de responsabilidad limitada
Se conforma de la
siguiente manera:
- Asamblea de socios: se encarga del
reparto de utilidades, la designación de los gerentes y el consejo de
vigilancia, así como tomar decisiones sobre la admisión de nuevos socios o
disolución de la sociedad.
- Gerentes: son representantes de la
sociedad, pero sus facultades se encuentran limitadas por los estatutos
sociales y las disposiciones legales.
- Consejo de vigilancia: se encarga de
la fiscalización de la gerencia y los estados financieros de la sociedad.
Otra particularidad de
este tipo de sociedad mercantil es que mínimo
el 50% del capital debe estar saldado antes de constituir la empresa. Además,
se debe ahorrar un 5% de su capital al año hasta alcanzar el 20% del capital
fijo. También tributan y declaran el IVA (Impuesto sobre el Valor Agregado).
La denominación o
razón social deberá ir seguida de las palabras «Sociedad de Responsabilidad
Limitada» o su abreviatura «S. de R. L.».
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