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Sociedades Mercantiles

Las sociedades mercantiles son agrupaciones de personas físicas o morales cuyo principal objetivo es efectuar actos de comercio para ganar dinero.  Estas asociaciones son reconocidas como entidades jurídicas propias, independientes de los miembros que las integran. Además, cuentan con propio patrimonio independiente. En las publicaciones siguientes estaremos abordando los diferentes tipos y sus características. Referencias: ¿Qué tipos de sociedades mercantiles existen en México? (2020, enero 27). Recuperado el 8 de julio de 2021, de Infoautonomos.mx website: https://www.infoautonomos.mx/sociedades/tipos-sociedades-mercantiles-mexico/ Líder, I. U. S. (2020, August 10). Tipos y características de las sociedades mercantiles en México.  Retrieved July 8, 2021, from Iuslider.com website:  https://iuslider.com/blog/tipos-de-sociedades-mercantiles/
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Sociedad por Acciones Simplificadas (S.A.S.)

La sociedad por acciones simplificadas es un nuevo tipo de sociedad mercantil, creada en 2016,  destinada a personas físicas y caracterizada por la posibilidad de darla de alta en un solo día, de forma electrónica y gratuitamente en el  portal Tu Empresa . Solo se necesita la  firma electrónica  y autorización de uso o denominación social. Está diseñada  para constituir micro y pequeñas empresas que facturen menos de cinco millones de pesos por año , donde la responsabilidad y participación se limita a los recursos aportados por cada socio, que son representados en acciones. Además, solo se necesita un único socio para constituirla. Es importante señalar que el o los accionistas en una sociedad por acciones simplificadas (S.A.S.) no podrán tener el control o administración de otras sociedades. Clasificación de las sociedades por acciones simplificadas Existen una serie de clases y categorías en las que se pueden conformar: Consumidores de bienes y/o ...

Sociedad Cooperativa (S.C.)

  Es una organización social integrada por  personas físicas  con base en los principios de solidaridad, ayuda mutua y esfuerzo propio, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, mediante la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios. En la  Ley General de Sociedades Cooperativas  se estipula que  las empresas bajo este régimen deben fomentar la educación cooperativa, la ecología y la economía solidaria , para ir en concordancia con el concepto de cooperación. Una de las particularidades de estas sociedades mercantiles es que presentan rendimientos por trabajo y consumo. Sus socios deben pertenecer a la clase trabajadora e intervienen como mínimo cinco personas. Asimismo,  en este tipo de sociedad se admite la participación de extranjeros , con excepción de su desempeño en puestos directivos o administrativos y su administración es democrática. Contempla otras dif...

Sociedad en Comandita por Acciones (S.C.A)

Al igual que la sociedad en comandita simple, está formada por dos tipos de socios: los comanditados y los comanditarios. Los primeros responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidaria de las obligaciones y deudas de la sociedad para con los terceros. Los segundos puede autorizar y vigilar la sociedad, pero no tienen la capacidad de desenvolverse como administradores, solamente están obligados al pago de sus acciones. La administración de la sociedad estará a cargo de los accionistas comanditados. En caso de que sea un accionista comanditario quien se haga cargo de la administración, este adquiere la misma responsabilidad de los socios comanditados. La razón o denominación social deberá ir seguida de las palabras «Sociedad en Comandita por Acciones» o su abreviatura «S. en C. por A.». Se rigen por las mismas reglas que la sociedad anónima y lo dispuesto para las acciones de los socios comanditados.  Su capital está dividido en acciones y no se pueden ceder sin el conse...

Sociedad Anónima (S.A.)

Uno de los tipos de sociedades mercantiles más empleadas en el mundo y en México, las sociedades anónimas están conformadas por socios cuyas obligaciones se limitan al pago de sus respectivas acciones. Dos es el mínimo de socios necesarios para constituirla, mientras que el máximo es ilimitado. Sus titulares,  los accionistas, participan del capital social mediante títulos o acciones, las cuales establecen diversas jerarquías entre ellos . Las acciones tienen un valor nominal y privilegios o derechos vinculados a ellas. La denominación social de esta se puede elegir libremente, siendo distinta de cualquier otra sociedad, e irá siempre seguida de las palabras «Sociedad Anónima» o de su abreviatura «S.A.». Existen 2 tipos de sociedades anónimas: Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.). Recurre al ahorro público en búsqueda de financiamiento. Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.). Limitada a un número determinado de accionistas. La obtención del capital es privada. ...

Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L. o S.L.)

  Las sociedades de responsabilidad limitada son recomendables para  Pymes (pequeñas y medianas empresas) , sobre todo cuando se constituyan con una parte de capital familiar. Se debe a que la responsabilidad está limitada al capital aportado, el cual se integra de las aportaciones de cada uno de los socios. Por ello,  en caso de existir una deuda, los socios no están obligados a responder con su patrimonio personal, solo con lo aportado. Los socios pueden elegir ser administradores o no y sus responsabilidades se limitan al porcentaje de su parte social. Para constituir este tipo de sociedades mercantiles se necesita un mínimo de 2 personas y un máximo de 50. Además,  cada socio tiene derecho a participar en las decisiones, gozando de un voto por cada mil pesos de su aportación. La sociedad de responsabilidad limitada está a cargo de un gerente o director y dos administradores, solidarios o mancomunados, o un consejo de administración. No obstante,  el úni...

Sociedad en Comandita Simple (S. EN C.S.)

  Las sociedades mercantiles en comandita simple son aquellas que existen bajo una razón social y se componen de uno o varios socios comanditados o «gestores» o «generales» (responsables por la administración de la empresa, incluyendo todos sus activos personales y comerciales), y de uno o varios comanditarios. Las diferencias de estos dos tipos de socios residen en las responsabilidades de cada uno.  Los comanditados responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidaria de las obligaciones sociales.  Los comanditarios únicamente están obligados al capital comprometido, no pudiendo intervenir en la gestión ni toma de decisiones de la empresa. En la sociedad en comandita simple el capital mínimo no podrá ser inferior a la quinta parte del capital inicial. Es decir, que las reservas deben ser igual al 5% de las utilidades anuales hasta reunir el 20% del total del capital fijo. La razón social de esta sociedad se formará con los nombres de uno o más comanditados, seg...

Sociedad en Nombre Colectivo (S.N.C.)

  La sociedad en nombre colectivo es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos  los socios responden de forma subsidiaria, ilimitada y solidariamente ante las obligaciones sociales  de acuerdo al  capitulo II, Art. 25 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Cuando se habla de modo subsidiario y solidario, quiere decir que cada uno de los socios es responsable de todos los demás y que lo hacen de forma ilimitada. Ningún socio tiene derechos especiales que limiten su participación. A pesar de lo anteriormente mencionado, existe la posibilidad de que los socios estipulen que la responsabilidad de alguno o algunos sí se limite a una porción o cuota determinada conforme al art. 26 de la Ley. En ella  pueden existir socios capitalistas, que aportan dinero, y socios industriales, que aportan su trabajo y reciben un sueldo  por él. Los aportes pueden realizarse con trabajo, dinero o bienes. No existe un mínimo de capital social. ¿Cómo...